PRÉSTAMOS DE HABILITACIÓN O AVÍO

 

El Crédito de Habilitación o Avío es un financiamiento a corto o mediano plazo que necesariamente se deberá invertir en el Capital de Trabajo (adquisición de materias primas, pago de jornales, salarios y gastos directos de explotación, indispensables para los fines de la empresa) de la acreditada y se operará invariablemente mediante la celebración de un contrato.

Deberán tener como destino específico la formación de Capital de Trabajo para fortalecer los ciclos productivos de las empresas.

Si los créditos se utilizan para otros fines, se pierde el derecho a utilizar la garantía.

PRÉSTAMOS QUIROGRAFARIOS

Crédito a corto plazo que se otorga para solventar necesidades transitorias propias del solicitante, basándose en la solvencia moral y económica de este, y sobre todo en su capacidad de pago en corto plazo.

PRÉSTAMO REFACCIONARIO

Este es un crédito a mediano o largo plazo para la adquisición de maquinaria, equipo, unidades de transporte, ganado, construcción o adaptación de inmuebles, obras de infraestructura, etc. Su objetivo es financiar la adquisición de activos fijos o bienes de capital, es decir, apoyar el ciclo de inversión de las actividades relacionadas con el medio rural.

CRÉDITOS SIMPLES

Es un financiamiento a mediano o largo plazo, mediante un contrato de apertura de crédito, la Institución se obliga a poner una suma de dinero, a disposición del Acreditado documentado con pagarés. Podrá disponer del crédito en una sola exhibición cuyo vencimiento se estipula en el contrato.

Estas operaciones se llevan a cabo cuando es necesario introducir condiciones especiales en el crédito, que no son contempladas en Préstamos Quirografarios o Descuentos, y para que éstas queden estipuladas necesariamente se requiere la existencia de un contrato.

Se puede disponer del crédito simple una sola vez, bien sea en una o en varias ministraciones.

CRÉDITOS SIMPLES CON GARANTÌA COLATERAL

Financiamiento a corto plazo que se otorga en proporción hasta el 95% del valor nominal del documento de inversión que el socio tiene en la Institución el cual deberá cubrir un aforo de por lo menos el 105.26% del monto otorgado, entendiéndose por aforo la relación garantía crédito; debidamente endosado el documento a favor de la Unión.